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Año XXIII, Número 42, Julio 2023
Depósito Legal M-34.164-2001
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subordinarse al legado al mando de la misma, este hecho recibe el término de
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exauctoratio .
Bajo el mandato de Augusto se producen más 300.000
licenciamientos, un ingente número de veteranos que deben recibir una
parcela de tierra y una última recompensa económica. Este acto que, al
principio, responde a una iniciativa propia del Princeps, pues su objetivo es
consolidar su posición dentro del ejército, se hace insostenible. Por esta
razón en el año 6 d.C., se ve obligado a fundar el erario militar; destinado a
sufragar la gratificación final de la tropa. Para solventar el problema de la
concesión de tierras, un mal endémico en la historia romana, muchos de los
veteranos son asentados en las nuevas colonias que se fundan por todo el
Imperio.
Pero, estos no son los únicos privilegios de los que disfrutan,
especialmente son beneficiados en el campo administrativo, pues reciben
inmunidad total gracias a la cual no tienen que pagar impuestos, ni ellos ni
sus parientes más cercanos. Como es lógico, esto último, supone un
problema para la recaudación fiscal siendo la principal razón de que su
estatus se vea modificado bajo los sucesivos emperadores.
Así vemos como Domiciano restringe este derecho a los parientes que
convivan en la misma unidad familiar que el licenciado. La pérdida de
privilegios se irá acrecentando, Antonino Pío, da un paso más eliminando un
derecho fundamental muy ligado a los veteranos. Una vez el soldado era
licenciado, su matrimonio y los hijos de este recibían la ciudadanía romana, a
partir de este emperador la familia del veterano quedará fuera de esta
concesión.
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CHAUSA SÁEZ, Antonio: Veteranos en el África romana, Edicions Universitat de Barcelona,
Barcelona, 1997, pp. 26-29.
Historia Digital, XXIII, 42, (2023). ISSN 1695-6214 © J.J. López, 2023 P á g i n a | 223